Una mirada desde las regiones: Empresas, derechos humanos y mecanismos regionales

28.11.2014

En anticipación al tercer Foro de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos, ISHR publicará una serie de artículos escritos por reconocidos defensores/as de derechos humanos y expertos en este área, antes de lanzar una edición especial de su Human Rights Monitor el primer de Diciembre, tanto en inglés como en español. Haz clic aquí para suscribirse a nuestra lista de envío en español.

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En anticipación al tercer Foro de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos, ISHR publicará una serie de artículos escritos por reconocidos defensores/as de derechos humanos y expertos en este área, antes de lanzar una edición especial de su Human Rights Monitor el primer de Diciembre, tanto en inglés como en español. Haz clic aquí para suscribirse a nuestra lista de envío en español.

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ISHR pidió a personas que trabajan en y con los sistemas regionales de derechos humanos de África, Ásia y las Américas que nos contaran porque las y los defensores de derechos humanos y la protección regional son vitales en el tema de la responsabilidad corporativa. El Presidente del Grupo de Trabajo sobre Industrias Extractivas de la Comisión Africana, el Relator Especial sobre defensores y defensoras de derechos humanos del Sistema Interamericano y el Director de Incidencia sobre la ASEAN del Fórum Asia nos comparten el porqué.

La defensa de defensores y defensoras: La necesidad de asegurar protección para defensores/as de derechos humanos en el sector extractivo

Por Pacifique Manirakiza, Comisionado en la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y Presidente del Grupo de Trabajo sobre Industrias Extractivas, Medio Ambiente y Violaciones de Derechos Humanos.

En las última s décadas, la industria extractiva ha estado en auge en África. Por lo pronto, los proyectos mineros y de desarrollo se conciben y se implementan por todo el continente. La ejecución de estos proyectos supone un nuevo y serio reto para la comunidad africana de derechos humanos. Defensores y defensoras que operan en esta área se enfrentan a desafíos graves y específicos; deben trabajar en un ambiente donde tienen que denunciar no sólo los abusos de derechos humanos cometidos por los Estados, sino también los cometidos por actores no estatales, es decir, las empresas multinacionales. En su trabajo, se enfrentan a la resistencia y al hostigamiento de ambos Estados y empresas multinacionales.

En el desarrollo de la labor del Grupo de Trabajo sobre Industrias Extractivas, Medio Ambiente y Violaciones de Derechos humanos en África (WGEI, por sus siglas en inglés),  hemos escuchado las historias de las y los defensores de derechos humanos 

sobre las numerosas amenazas, incluidas amenazas de muerte, y hostigamientos a los que se enfrentan cuando denuncian violaciones de derechos humanos y otros abusos cometidos por las industrias extractivas. Es fundamental que los Estados cumplan con su obligación de proteger a las y los defensores de derechos humanos, incluyendo quiénes promueven la transparencia y la rendición de cuentas en el sector extractivo. Las y los defensores de derechos humanos son socios clave en el trabajo del WGEI y de la Comisión Africana en su conjunto. De hecho, nuestro Grupo de Trabajo tiene un vínculo umbilical con defensores/as de derechos humanos. Este mecanismo fue creado gracias a su labor de incidencia, con el fin de asistir a la Comisión para hacer frente a los efectos adversos de la explotación de los recursos naturales en África y para asegurar que todos los pueblos africanos disponen libremente de sus riquezas y recursos naturales – como garantizado en el artículo 21 de la Carta Africana.

Las y los defensores de derechos humanos son las voces de las comunidades que sufren con el impacto destructivo de las actividades extractivas. Los Estados y las industrias extractivas deberían asegurarse que ambos, comunidades y defensores, sean consultados e involucrados en la evaluación de los impactos de la explotación de los recursos naturales sobre los derechos humanos. El WGEI de la Comisión Africana se ha comprometido a vincular los Estados africanos y las industrias extractivas en garantizar que las y los defensores que trabajan en el sector extractivo estén protegidos y reconocidos como socios clave en la concepción y ejecución de proyectos de desarrollo.

La importancia y la protección de defensores y defensoras de derechos humanos en las Américas

Por el Comisionado José de Jesús Orozco Henríquez, Relator sobre los Derechos de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Desde su fundación hace 50 años, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha monitoreado la situación de los defensores y defensoras de derechos humanos en las Américas y empleado mecanismos de protección para proteger la vida y la integridad física de las personas perseguidas por las actividades en defensa de los derechos humanos.

En 2011, como respuesta a la necesidad de que la grave situación que enfrentan las y los defensores tuviera una mayor visibilidad, y para permitir el seguimiento a casos específicos, la CIDH creó el mandato del Relator Especial sobre los Defensores de Derechos Humanos. El Relator también se encarga de la vigilancia de la situación de los jueces, fiscales y defensores públicos en cuanto a su trabajo relacionado con el acceso a la justicia.

Entre las violaciones más frecuentes que las y los defensores enfrentan en su labor de protección y promoción de derechos humanos, están los asesinatos, amenazas, hostigamiento, interferencias ilegales, indebidas o arbitrarias en su trabajo, y la violencia impuesta durante las protestas sociales. Estos actos están diseñados para generar miedo, desalentar la comunidad defensora de derechos humanos y silenciar y 

aterrorizar a las víctimas. En los últimos años, la Relatoría ha observado un obstáculo adicional - el de criminalización, entendido como las investigaciones penales y reclamaciones judiciales que no tienen fundamento, con el objetivo de intimidar a los defensores y defensoras y paralizar su trabajo.

Existe una falta de medidas estatales efectivas para proteger a las y los defensores en situaciones de mayor riesgo, y una tasa muy baja de investigaciones efectivas de las amenazas y ataques. La mayoría de los Estados en las Américas no han puesto en marcha medidas de protección especializadas. Las medidas que sí se han creado quedan cortas, ya sea proporcionando seguridad a las y los defensores sin investigar el origen de las amenazas, o viceversa. Esto demuestra la falta de políticas integrales de protección del Estado, lo que perpetúa la vulnerabilidad de la persona defensora y afecta negativamente a su trabajo.

Garantizar una respuesta oportuna a las situaciones en que se ven comprometidos los derechos de las y los defensores es uno de los desafíos de la Relatoría – así como elegir la respuesta más eficaz, entre los mecanismos utilizados por la Comisión, para instar a los Estados a tomar medidas decisivas para proteger a las y los defensores, por ejemplo, mediante el desarrollo de políticas y prácticas eficaces para la protección de los derechos humanos. La Comisión dispone de varios medios y mecanismos, a saber: solicitud de información a los Estados; emisión de comunicados de prensa; celebración de audiencias públicas y reuniones de trabajo; adopción de medidas cautelares y solicitud de medidas provisionales a la Corte para la protección de las y los defensores; consideración de peticiones individuales; y elaboración de informes temáticos.

La Comisión tiene claridad de que la manera más eficaz de abordar los desafíos que enfrentan los defensores y defensoras es a través de la adopción, por parte de los Estados, de un marco integral de protección destinado a mitigar los riesgos que enfrentan y que les permita continuar con su trabajo.

Dicho marco debe incluir: abstenerse de poner obstáculos a la labor de defensa, adoptar políticas públicas y normas que permitan el trabajo de las y los defensores, protegerlos de amenazas y riesgos en contra su la vida y su integridad física, y garantizar que haya investigaciones sobre las violaciones cometidas en su contra. Adicionalmente, considerando que un tercio de las medidas cautelares dictadas por la Comisión tienen por objeto proteger la vida e integridad de las personas defensoras, es esencial que las políticas nacionales de protección incluyan medidas que establezcan sistemas de aplicación rápida y eficaz de las medidas de protección, incluidas las otorgadas por la Comisión. Un componente crítico adicional de estas políticas es el reconocimiento público de la legitimidad de la labor de las y los defensores y su contribución a la consolidación del Estado de derecho y la protección de los derechos humanos.

Gracias al sistema de peticiones y casos, hemos visto la evolución de la jurisprudencia interamericana en materia de protección de defensores/as e independencia de los operadores de justicia. En una serie de casos, la Corte Interamericana ha señalado que los Estados tienen la obligación específica de proteger las actividades de defensa de los derechos humanos. Estos avances contribuyen a exponer con mayor claridad las obligaciones de los Estados con respecto a la creación de un entorno propicio para las personas que defienden derechos humanos y proporcionar un marco útil para la Comisión al emitir recomendaciones y medidas de protección a los Estados.

Defensoras y defensores que trabajan sobre empresas y derechos humanos en la región de la ASEAN 

Por Atnike Nova Sigiro, Director de Incidencia sobre la ASEAN del Foro Asiático para los Derechos Humanos y el Desarrollo (FORUM-ASIA)

Con el objetivo de constituir una Comunidad Económica de la ASEAN (AEC, por sus siglas en inglés) para el año 2015, la región de la ASEAN ha acelerado su integración en la economía de mercado mundial; impulsada por intereses empresariales internos y externos y con un fuerte apoyo de los gobiernos de la región. Los proyectos propuestos en el marco de la AEC incluyen cooperación en materia de transporte, energía y minería. Se ha puesto mucho énfasis político sobre la AEC para liberalizar más la economía de la región y facilitar el comercio y la inversión. Se ha colocado mucho menos énfasis en hacer frente a las consecuencias sociales y ambientales del crecimiento económico y proteger los derechos humanos, aspectos que están dentro del mandato de la Comisión Intergubernamental de la ASEAN sobre Derechos Humanos (AICHR, por sus siglas en inglés) y la Comisión de la ASEAN sobre la Promoción y Protección de los Derechos de Mujeres y Niños (ACWC, por sus siglas en inglés).

El proceso de integración de la ASEAN también ha supuesto la construcción de grandes proyectos de infraestructura (carreteras, presas hidroeléctricas y centrales eléctricas que utilizan combustibles fósiles), la proliferación de la industria minera, la creación de zonas industriales contaminantes, y la expansión intensiva del agro negocio. El desplazamiento inducido por el desarrollo también es endémico y muchas personas están perdiendo el acceso a los recursos naturales de los que dependen. El desarrollo basado en la extracción y explotación de recursos no sólo conduce a la degradación del medio ambiente, pero en varios casos también ha desencadenado violaciones de derechos humanos, sin que haya reparaciones, por parte del gobierno y de las empresas. Cada vez más, las y los defensores de derechos humanos de la ASEAN que buscan exponer los abusos de derechos humanos en estas situaciones son más vulnerables a las amenazas por parte tanto de los agentes estatales como no estatales.

Sin embargo, varias iniciativas han surgido dentro de la región de la ASEAN para abordar estos temas. En octubre de 2010, organizaciones de los cinco Estados miembros de la ASEAN - Singapur, Indonesia, Malasia, Tailandia y Filipinas - establecieron la red ASEAN CSR Network. En 2013, al menos dos informes sobre empresas y derechos humanos fueron producidos por organizaciones no gubernamentales, a saber: el informe del Human Rights Resource Centre (HRRC) "Empresas y Derechos Humanos en la ASEAN: un estudio de línea de base" (Business and Human Rights in ASEAN: A Baseline Study), y un informe del FORUM-ASIA titulado “Responsabilidad Corporativa en la ASEAN: un enfoque basado en los derechos humanos"(Corporate Accountability in ASEAN: A Human Rights-Based Approach).

Finalmente, en junio de 2014, la AICHR publicó su primer, y ampliamente esperado, estudio temático centrado en la Responsabilidad Social de las Empresas y los Derechos Humanos en la ASEAN[1]. Al igual que el informe de FORUM-ASIA, la AICHR admite que el concepto de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE)  tiene sus limitantes como herramienta para la promoción y protección de los derechos humanos, especialmente por su principio de voluntariedad. No obstante, el informe reconoce la importancia de la RSE para la sensibilización y el reconocimiento del papel del sector empresarial hacia los derechos humanos. El informe también alienta a los Estados Miembros de la ASEAN a acelerar aún más y fortalecer la aplicación y el cumplimiento de las normas y regulaciones ya existentes que tratan directamente con estos impactos adversos de las actividades empresariales a nivel nacional y regional. A pesar del largo proceso y de una falta de consulta más amplia con las partes interesadas, especialmente las OSC, el informe traza un importante comienzo para la ASEAN, en particular a través de su organismo de derechos humanos, la AICHR, de reconocer y de prever el futuro marco normativo en materia de derechos humanos en relación a las actividades empresariales en la región.

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